martes, 29 de septiembre de 2015

ENTIDADES RELIGIOSAS en España

Hablar de la religión en España implica tener presente una larga historia de la presencia de diferentes religiones en el territorio geográfico anterior al actual Estado español, y en lo que luego se constituyó como unidad política, sobre todo después de los Reyes Católicos. También implica analizar la situación actual de presencia de grupos religiosos en España y el grado de aceptación y creencia que tales grupos tienen entre la población.

El régimen jurídico de las comunidades ideológicas y religiosas es el conjunto de disposiciones normativas que regulan, desde el punto de vista estatal, los requisitos necesarios para la correcta formación, existencia y actuación de las instituciones que aglutinan un número indeterminado de personas que comparten las mismas ideas o creencias.
Conviene aclarar tres afirmaciones que contiene esta definición:
  1. El marco de actuación de estas entidades está conectada con el ejercicio del derecho fundamental de libertad ideológica y religiosa.
  2. Ya que estas comunidades son personas jurídicas, se ha de tener en cuenta lo estipulado por el ordenamiento general (art. 35 y ss. del CC).
  3. Las disposiciones normativas que regulan estas cuestiones se encuentran en el ordenamiento jurídico español, dentro del Derecho público.
La iniciativa de creación de estas comunidades es privada. En general los individuos siguen las pautas marcadas por la normativa estatal, aunque cuando el impulso privado se desarrolla al amparo de una confesión religiosa tradicional, como la iglesia católica, sus "estatutos" o normas de autogestión pueden disponer unas directrices internas.
Pero, por el sistema de aconfesionalidad o laicidad positiva instaurado en España, las normas privadas e internas emitidas por dichas comunidades, sólo se integrarán en el conjunto civil cuando sean conforme al ordenamiento jurídico español y cuando éste haya fijado mecanismos para su integración en el sistema o para reconocer sus efectos en el ámbito público.

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